Hacienda tendrá en cuenta las transacciones de Wallapop, Vinted o Binance en esta próxima Renta 

2025 será el primer año en el que las transacciones derivadas de las plataformas digitales de venta, como Wallapop o Vinted, se incorporen a los datos fiscales de la campaña de la Renta. Cada vez conocemos más información sobre los principales cambios que aterrizarán en materia fiscal en esta próxima campaña de la Renta 2025, […] The post Hacienda tendrá en cuenta las transacciones de Wallapop, Vinted o Binance en esta próxima Renta  appeared first on ADSLZone.

Feb 28, 2025 - 19:05
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Hacienda tendrá en cuenta las transacciones de Wallapop, Vinted o Binance en esta próxima Renta 
imagen de la web de la agencia tributaria

2025 será el primer año en el que las transacciones derivadas de las plataformas digitales de venta, como Wallapop o Vinted, se incorporen a los datos fiscales de la campaña de la Renta.

Cada vez conocemos más información sobre los principales cambios que aterrizarán en materia fiscal en esta próxima campaña de la Renta 2025, que regula el IRPF del año 2024. Llevamos ya un tiempo escuchando que los datos derivados de las plataformas digitales de venta o de alquiler de bienes y productos, como Wallapop, Vinted o Airbnb, iban a comenzar a contabilizarse en nuestra renta. Este 2025 será el primero en que estos datos fiscales estarán incorporados directamente en nuestro borrador, como afirman desde Expansión.

La Agencia Tributaria se va a nutrir de la información que previamente ha exigido a estas plataformas para incorporarla a las declaraciones de IRPF. Esta información incluirá las transacciones realizadas a partir de una cierta cantidad de dinero sobre las ventas realizadas en Wallapop o Vinted, los alquileres vacaciones de Airbnb o los servicios de inversión y depósitos de criptomonedas, como Binance o Coinbase.

La economía digital también estará controlada por Hacienda

Muchos de nosotros llevamos utilizando estas plataformas desde hace bastantes años, sin embargo, hasta ahora Hacienda no había encontrado la forma de controlar la economía digital que crecer a partir de ellas. Esta Renta 2025 será la primera declaración que incluya cinco nuevos asientos que comprendan todas las actividades anteriores:

  • Venta de bienes a través de estas plataformas.
  • Alquiler de medios de transporte.
  • Prestación de servicios profesionales.
  • Arrendamiento de inmuebles.
  • Operaciones de monedas virtuales.

Los datos los extraen del Modelo 238, que detalle los ingresos que han generado los usuarios de las plataformas digitales más conocidas. El organismo tributario cruzará los datos entre la información que introduzca el contribuyente y, en caso de discrepancia, notificará al titular de la declaración para que realice las modificaciones pertinentes.

Al ser la primera vez que esta información aparece en la Renta, todavía se desconoce si llegará incluida directamente en el borrador o si será el contribuyente el que deberá realizar el cálculo pertinente e introducir el dato, por lo que deberemos estar atentos esta próxima Renta en el caso de que consideremos que cumplimos con los requisitos para ser susceptibles de acogernos a estar medida.

Recuerda que, en su momento, las plataformas digitales ya informaron que los usuarios que podrían recibir requerimientos serían aquellos que superan las 30 ventas al año o ingresaran más de 2.000€ al año. En el caso de que superes esta cantidad, los ingresos computan como ganancia patrimonial por la base del ahorro.

Más control de los profesionales que ofrecen servicios a través de las plataformas digitales

El objetivo que se persigue mediante la incorporación de estos datos a la Declaración de la Renta no es solo el de extraer información sobre las transacciones que realizan los particulares. Además, también el de poder controlar los profesionales que ofrecen servicios a través de plataformas digitales y que no están declarando los ingresos obtenidos.

También se busca adaptarse a las tendencias que están surgiendo últimamente en torno al alquiler de vehículos entre particulares, por ejemplo, o aquellos que arrenden viviendas habituales de forma esporádica haciendo uso de estas plataformas. No obstante, únicamente deberíamos alarmarnos en el caso de que realicemos lo propio de forma recurrente y obtengamos ingresos continuados. De lo contrario, no sería necesario tributar.

En el caso de las criptomonedas, también hay cambios. Plataformas digitales como Binance o Coinbase tienen la obligación de remitir al fisco el Modelo 173, que informa de todas las operaciones que realizan los usuarios: esto incluye compras, ventas e intercambio. No obstante, de momento, sobre los contribuyentes únicamente recae la obligación de incluir en la declaración las criptomonedas que han vendido o intercambiado, pero no las adquisiciones realizadas. Sin embargo, puede haber cambios en el futuro.

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