Esto es lo que pedirá la Unión Europea para poder vender una casa en España en unos años. Así puedes prepararte

Si recientemente has alquilado o vendido un piso, seguro que estás al tanto de un aspecto obligatorio por ley: es necesario contar con un Certificado Energético. Sin embargo, de aquí a unos pocos años, la UE va a endurecer más los requisitos. Desde 2013 es necesario el Certificado Energético (o Certificado de Eficiencia Energética) de acuerdo con el Real Decreto 390/2021 para vender una vivienda si no quieres estar cometiendo una ilegalidad  con la posibilidad de ser sancionado.  Pero la norma actual será menos laxa a la vuelta de la esquina: no servirá cualquier certificación energética. Índice de Contenidos (5) Qué es la certificación energética. A partir del año 2030 Qué pasa en la actualidad Están obligados No requieren un Certificado Energético Qué es la certificación energética. Lo primero es tener claro el concepto. El Certificado Energético es un documento oficial redactado por un técnico autorizado que evalúa la eficiencia energética de una vivienda o de un edificio completo. Este documento evalúa el rendimiento energético de una vivienda, asignándole una calificación que va desde la A (máxima eficiencia) hasta la G (mínima). Su finalidad es que compradores o inquilinos tengan una idea clara del consumo estimado en aspectos como climatización, iluminación y electrodomésticos, ayudándoles a tomar decisiones más informadas. A partir del año 2030 Foto de Stasknop El pasado 14 de mayo el Parlamento Europeo aprobó la reforma de la Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación (EPBD, en sus siglas en inglés). Una norma que destaca por añadir algo nuevo: la certificación de eficiencia energética en la compraventa y alquiler. Cuándo. A partir de esa fecha, la Unión Europea establecerá como requisito obligatorio contar con un certificado de eficiencia energética con calificación mínima E para poder alquilar o vender una vivienda. Esto significa que los propietarios cuyos inmuebles no alcancen esa clasificación no podrán formalizar operaciones de venta o arrendamiento, de acuerdo con la normativa comunitaria. En Xataka Smart Home Mi frigorífico es una ruina en la factura de la luz: estas son las causas más frecuentes de que el consumo se dispare y posibles soluciones Cómo es la situación en España. Según el IDAE, "en España más de la mitad de los edificios están construidos sin aislamiento térmico adecuado". Más de 26 millones de viviendas en España fueron construidas antes de 2007, y más de la mitad datan de antes de 1980, cuando aún no existían normativas de eficiencia energética. Como resultado, la mayoría presenta un bajo rendimiento energético. Cifras aun muy lejanas. Según el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), con el objetivo de 300.000 viviendas rehabilitadas de cara a 20230 y de acuerdo con el ritmo de rehabilitación establecido en la Estrategia a largo plazo de Rehabilitación Energética de edificios (ERESEE), en 2026, habría que alcanzar las 100.000 viviendas rehabilitadas; llegar a 150.000, en 2027; a 200.000, en 2028, y, así, de forma progresiva, hasta alcanzar las 300.000 unidades en 2030. Y en España solo se rehabilitan unas 45.000 viviendas al año. Y solo se certificaron 37.783 viviendas según el CSCAE con la letra E. Aún más restrictiva. El año 2030 marcará solo el inicio de una normativa más estricta. Por ejemplo, a partir de 2033, el umbral mínimo requerido para vender o alquilar una vivienda se elevará a una calificación energética de tipo “D”. Esto implicará que ningún inmueble podrá comercializarse si no alcanza, como mínimo, ese nivel de eficiencia. Estas medidas buscan impulsar la sostenibilidad del parque inmobiliario y contribuir a la reducción de emisiones contaminantes en el ámbito residencial. De hecho la nueva norma establece un calendario que afecta tanto a nuevas construcciones cómo a edificaciones ya existentes. Para nuevas construcciones: Desde el 1 de enero de 2026, todos los edificios de nueva planta destinados al uso público o gestionados por Administraciones deberán ser de emisiones cero. A partir del 1 de enero de 2028, esta obligación se extenderá a todas las nuevas edificaciones privadas, tanto residenciales como no residenciales. Para edificaciones ya existentes: Los edificios públicos deberán contar con una calificación energética mínima de letra E a partir de 2027, y alcanzar la D para el año 2030. En el caso de los inmuebles privados no residenciales, se aplican los mismos plazos y requisitos que a los públicos. Las viviendas particulares deberán cumplir con una calificación m

Abr 8, 2025 - 13:42
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Esto es lo que pedirá la Unión Europea para poder vender una casa en España en unos años. Así puedes prepararte

Esto es lo que pedirá la Unión Europea para poder vender una casa en España en unos años. Así puedes prepararte

Si recientemente has alquilado o vendido un piso, seguro que estás al tanto de un aspecto obligatorio por ley: es necesario contar con un Certificado Energético. Sin embargo, de aquí a unos pocos años, la UE va a endurecer más los requisitos.

Desde 2013 es necesario el Certificado Energético (o Certificado de Eficiencia Energética) de acuerdo con el Real Decreto 390/2021 para vender una vivienda si no quieres estar cometiendo una ilegalidad  con la posibilidad de ser sancionado.  Pero la norma actual será menos laxa a la vuelta de la esquina: no servirá cualquier certificación energética.

Índice de Contenidos (5)

Qué es la certificación energética.

Energía

Lo primero es tener claro el concepto. El Certificado Energético es un documento oficial redactado por un técnico autorizado que evalúa la eficiencia energética de una vivienda o de un edificio completo.

Este documento evalúa el rendimiento energético de una vivienda, asignándole una calificación que va desde la A (máxima eficiencia) hasta la G (mínima). Su finalidad es que compradores o inquilinos tengan una idea clara del consumo estimado en aspectos como climatización, iluminación y electrodomésticos, ayudándoles a tomar decisiones más informadas.

A partir del año 2030

Pexels Stasknop 1187997 Foto de Stasknop

El pasado 14 de mayo el Parlamento Europeo aprobó la reforma de la Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación (EPBD, en sus siglas en inglés). Una norma que destaca por añadir algo nuevo: la certificación de eficiencia energética en la compraventa y alquiler.

Cuándo. A partir de esa fecha, la Unión Europea establecerá como requisito obligatorio contar con un certificado de eficiencia energética con calificación mínima E para poder alquilar o vender una vivienda. Esto significa que los propietarios cuyos inmuebles no alcancen esa clasificación no podrán formalizar operaciones de venta o arrendamiento, de acuerdo con la normativa comunitaria.

Cómo es la situación en España. Según el IDAE, "en España más de la mitad de los edificios están construidos sin aislamiento térmico adecuado". Más de 26 millones de viviendas en España fueron construidas antes de 2007, y más de la mitad datan de antes de 1980, cuando aún no existían normativas de eficiencia energética. Como resultado, la mayoría presenta un bajo rendimiento energético.

Cifras aun muy lejanas. Según el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), con el objetivo de 300.000 viviendas rehabilitadas de cara a 20230 y de acuerdo con el ritmo de rehabilitación establecido en la Estrategia a largo plazo de Rehabilitación Energética de edificios (ERESEE), en 2026, habría que alcanzar las 100.000 viviendas rehabilitadas; llegar a 150.000, en 2027; a 200.000, en 2028, y, así, de forma progresiva, hasta alcanzar las 300.000 unidades en 2030. Y en España solo se rehabilitan unas 45.000 viviendas al año. Y solo se certificaron 37.783 viviendas según el CSCAE con la letra E.

Aún más restrictiva. El año 2030 marcará solo el inicio de una normativa más estricta. Por ejemplo, a partir de 2033, el umbral mínimo requerido para vender o alquilar una vivienda se elevará a una calificación energética de tipo “D”. Esto implicará que ningún inmueble podrá comercializarse si no alcanza, como mínimo, ese nivel de eficiencia. Estas medidas buscan impulsar la sostenibilidad del parque inmobiliario y contribuir a la reducción de emisiones contaminantes en el ámbito residencial. De hecho la nueva norma establece un calendario que afecta tanto a nuevas construcciones cómo a edificaciones ya existentes.

Para nuevas construcciones:

  • Desde el 1 de enero de 2026, todos los edificios de nueva planta destinados al uso público o gestionados por Administraciones deberán ser de emisiones cero.
  • A partir del 1 de enero de 2028, esta obligación se extenderá a todas las nuevas edificaciones privadas, tanto residenciales como no residenciales.

Para edificaciones ya existentes:

  • Los edificios públicos deberán contar con una calificación energética mínima de letra E a partir de 2027, y alcanzar la D para el año 2030.
  • En el caso de los inmuebles privados no residenciales, se aplican los mismos plazos y requisitos que a los públicos.
  • Las viviendas particulares deberán cumplir con una calificación mínima de E desde el 1 de enero de 2030 y mejorar hasta una D como mínimo en 2033.

Más allá de 2030. El futuro de la edificación en Europa introduce además otro concepto del que ya hemos hablado, como son los edificios de consumo casi nulo (NZEB). En este sentido, la Unión Europea ha aprobado una normativa (Directiva 2018/844/UE sobre eficiencia energética) que establece que, a partir de 2030, todas las nuevas construcciones en los Estados miembros deberán cumplir con esta categoría y no generar emisiones contaminantes. Para los inmuebles públicos, este requisito se adelanta a 2028, tal como se recoge en la Directiva sobre Eficiencia Energética de los Edificios

Qué pasa en la actualidad

Certificado Energético

¿Se puede vender o alquiler sin un certificado energético?. La normativa deja claro que es obligatorio. En España, vender o alquilar una vivienda sin disponer del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es ilegal. Es una certificación que debe ser emitida por un técnico autorizado y debidamente registrado en el organismo autonómico correspondiente. En el caso del alquiler, el propietario es responsable de entregar el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) a los futuros inquilinos y debe disponer de él desde que publica el anuncio de alquiler.

Hay excepciones. Para la venta, hay viviendas que por su tipología o uso, están exentas. Es el caso de inmuebles con valor patrimonial que no pueden modificarse energéticamente sin afectar su conservación, viviendas aisladas de menos de 50 m², o aquellas destinadas a una reforma total o demolición con el fin de rehabilitarlas bajo criterios sostenibles.

En el caso del alquiler. Están libres las viviendas de uso turístico ocupadas menos de cuatro meses al año o contratos de arrendamiento firmados antes de la entrada en vigor de la normativa en 2013.

Están obligados

  • Edificaciones de nueva construcción.
  • Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a nuevos arrendatarios.
  • Inmuebles de más de 250 m² ocupados por una autoridad pública para atender al público.
  • Edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas que afecten más del 25% de la superficie total o amplíen más del 10% de la superficie construida.
  • Edificios de más de 500 m² destinados a uso administrativo, sanitario, comercial, residencial público, docente, cultural o de culto.

No requieren un Certificado Energético

  • Edificios protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico.
  • Edificios religiosos y de culto.
  • Inmuebles con una superficie útil total inferior a 50 m².
  • Talleres o espacios destinados a actividades agrarias que no sean de uso residencial.
  • Construcciones provisionales de menos de dos años de duración.
  • Edificios que se usen menos de cuatro meses al año.

Qué pasa si no existe la certificación. No cumplir con este requisito puede acarrear sanciones económicas que oscilan entre los 300 y los 6.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

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La noticia Esto es lo que pedirá la Unión Europea para poder vender una casa en España en unos años. Así puedes prepararte fue publicada originalmente en Xataka Smart Home por Jose Antonio Carmona .