Si has heredado dinero, vivienda o acciones, ¿cómo afecta a la Declaración de la Renta?

Con la campaña de la Renta en marcha, son muchos los españoles que han heredado que se preguntan qué deben hacer para que quede reflejado en la declaración a Hacienda. Una herencia no solo implica asumir un patrimonio, sino también nuevas obligaciones fiscales. Aunque el Impuesto de Sucesiones es el tributo principal que grava el […] The post Si has heredado dinero, vivienda o acciones, ¿cómo afecta a la Declaración de la Renta? appeared first on ADSLZone.

May 4, 2025 - 12:15
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Si has heredado dinero, vivienda o acciones, ¿cómo afecta a la Declaración de la Renta?
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Con la campaña de la Renta en marcha, son muchos los españoles que han heredado que se preguntan qué deben hacer para que quede reflejado en la declaración a Hacienda. Una herencia no solo implica asumir un patrimonio, sino también nuevas obligaciones fiscales. Aunque el Impuesto de Sucesiones es el tributo principal que grava el dinero, los inmuebles y otros valores heredados, también debemos acordarnos de que, en ocasiones, tienen implicaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Cuando heredamos, la Agencia Tributaria nos da seis meses para liquidar el impuesto de sucesiones (se puede solicitar una prórroga de otros seis meses durante los cinco primeros meses del plazo de presentación). Muchos creen que, si ya han pagado eso, no deben pagar más al Gobierno de España. Nada está más lejos de la realidad.

Lo cierto es que al heredar una vivienda no hay que declararla en el IRPF como tal, pero sí que se deben incluir en la Declaración de la Renta los beneficios de esos bienes heredados, como el alquiler de un inmueble o si este se ha vendido, por ejemplo. Por otro lado, los rendimientos obtenidos de las acciones, también deberá quedar reflejado.

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¿Cuándo es obligatorio declarar una herencia en la Renta?

A grandes rasgos, no hace falta incluir una herencia en la declaración de la renta anual siempre y cuando no se obtenga una ganancia económica. No obstante, si el heredero decide vender un patrimonio o acciones, alquilar o percibe rendimientos de los bienes heredados, sí que estará obligado a declarar los beneficios obtenidos.

Independientemente de la comunidad autónoma en la que vivas, si vendes un piso que has heredado, deberás rellenar la página 16 de la Declaración de la Renta y marcar la casilla 1.627 si el elemento patrimonial es un inmueble.

Cuando heredas una vivienda que no va a ser tu residencia habitual (por ejemplo, una segunda vivienda, una casa en la playa o un piso que está vacío), Hacienda asume que te está generando un beneficio económico, incluso si realmente no está alquilada ni ganes dinero. A eso se le llama «renta inmobiliaria imputada». Aunque no estés sacando ganancias, podrías, por lo que deberás pagar un porcentaje dependiendo del valor catastral de la vivienda que figura en el recibo del IBI (mayormente del 2%).

Si se hereda un terreno o un local arrendados, también se incluirán en la declaración. En este caso porque el arrendamiento es un beneficio que el bien heredado genera.

¿Qué pasa con el dinero en efectivo, los depósitos bancarios o las acciones?

Las acciones o los depósitos bancarios que se heredan no tributan en la Renta por el simple hecho de recibirlos. Sin embargo, sí deben incluirse en la declaración si generan beneficios, como intereses en una cuenta o dividendos de las acciones. Esos rendimientos se consideran ganancias del capital mobiliario y debe quedar reflejado en el IRPF.

Por su parte, el dinero en efectivo que se hereda, ya sea en cuentas corrientes o metálico declarado, solo se tiene en cuenta en el Impuesto de Sucesiones. Al no generar más ganancias por sí mismo, no se incluye en la Renta. Otra cosa es que decidamos invertirlo de alguna manera y produzca beneficios (en ese caso sí que habrá que meterlo en la declaración).

¿Y los planes de pensiones?

Cuando una persona fallece, existe la posibilidad de que esta siga contribuyendo con su núcleo familiar cercano. En algunos casos, se «hereda» una pensión para proteger la situación de necesidad económica provocada por su muerte. Este dinero no se considera una herencia al uso, sino una renta que se percibe como consecuencia del fallecimiento. Por lo tanto, no tributa en el Impuesto de Sucesiones, sino directamente en el IRPF del beneficiario.

En otras palabras, quien hereda un plan de pensiones deberá incluir las cantidades que reciba en su Declaración de la Renta, como si fueran ingresos de una nómina. Esto puede aplicarse a determinadas pensiones de viudedad o de orfandad, cuando no existen otras formas de subsistencia. Sí tributan en el IRPF, no en el Impuesto de Sucesiones.

¿Cómo hacer la Declaración de la Renta a una persona fallecida?

Otra duda que puede surgir es sobre si hay que presentar o no la renta de una persona fallecida. La respuesta es sí. Si tuvo ingresos, están obligados a declarar, sin importar en qué momento del año murió. Ante esta situación surgen nuevas preguntas, ¿quién debe encargarse? ¿Cómo se hace? La responsabilidad fiscal recae sobre los herederos.

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Su plazo para presentar la Declaración de la Renta es el mismo que para cualquier contribuyente. Esta declaración se presenta individualmente, a nombre del fallecido y rellenando sus datos fiscales. En resumen, el proceso es el mismo que se hace con cualquier persona viva, pero en vez de gestionarlo el implicado, lo hacen sus herederos o representantes legales.

Lo ideal es pedir una cita previa en Hacienda en nombre del fallecido. De este modo, los herederos podrán recibir una orientación de lo que deben hacer, para presentar la documentación correctamente. Cabe resaltar que deben estar acreditados como personas autorizadas.

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