Las claves de la nueva ley de protección del menor: limitar el uso de redes sociales o castigar el grooming
El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación de la nueva ley de protección del menor que ahora tendrá que aprobar el Congreso de los Diputados. Un texto legal que amparará a estos ciudadanos en el entorno digital donde se pueden encontrar grandes problemas. Ciberacoso, casos de abuso de menores, fraudes, creación de deepfakes sexuales con imágenes de los adolescentes o suplantación de identidad para acosar a un menor de edad. Estos son algunos de los problemas de las redes que esta ley va a tratar de revertir al introducir nuevos delitos en el código penal y también con nuevas restricciones en el uso de las redes sociales. Aunque esto último todavía nos genera muchas dudas de cómo se aplicará. Nuevas dudas sobre la verificación de edad 16 años como mínimo. Esta es la nueva edad mínima para poder acceder a las redes sociales, que aumenta desde los 14 años que es lo vigente en la actualidad. En concreto se modifica así la edad mínima de consentimiento para el tratamiento de datos personales recogida en la Ley de Protección de Datos. ¿Cómo se demuestra que alguien tiene 16 años? Hasta ahora, para acceder a las redes sociales solo era necesario introducir una fecha de nacimiento que fácilmente se puede alterar o pulsar una casilla donde el menor afirma que tiene más de 14 años. Dos sistemas que lógicamente no están funcionando en la actualidad para identificar a los menores. El sistema que se debe usar para verificar la edad de los usuarios que van a acceder a las redes sociales no está claro. La ley se limita únicamente a modificar el artículo 89 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Su redacción apunta a que los prestadores de servicios de intercambios de vídeo deben usar sistemas de verificación de edad. Su contenido es el siguiente: Sistemas de verificación de edad para los usuarios con respecto a los contenidos que puedan perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores que, en todo caso, impidan el acceso de estos a los contenidos audiovisuales más nocivos, como la violencia gratuita o la pornografía. De esta manera, se vuelve a plantear el gran problema que existe a la hora de acceder a contenidos pornográficos que no cuentan con un sistema de verificación de edad efectivo. Tanto la AEPD como la FNMT trabajan en plataformas para poder hacer esta verificación, presentando ya importantes retrasos en su lanzamiento. En Genbeta Seis juegos educativos gratis para aprender a programar (en docenas de lenguajes) El problema en este caso es que el sistema de verificación debe contar con las garantías de privacidad suficientes. De esta manera, compartir una fotografía del DNI no es lo más recomendable por esta invasión en la privacidad. Esto hace que tengamos encima de la mesa un cambio legislativo que difícilmente se va a poder cumplir como ya hemos visto en el pasado, con el límite de edad en 14 años. Al menos hasta que la herramienta de la AEPD esté disponible para todos. Otras medidas de la ley Nuevos delitos. La llegada de la inteligencia artificial ha provocado que internet sea un lugar donde puede aparecer una imagen falsa pero que parezca muy real. Esto es lo que llamamos Deepfakes y que ahora tendrá un nuevo artículo en el Código Penal. En concreto, el 173 bis. Se impondrán penas de cárcel de hasta dos años para quien haga estas creaciones y las difunda o exhiba sin autorización. Algo que se aplicará a toda la sociedad. El hacerse pasar por un adolescente cuando se tienen unos cuantos años más también va a estar penado. El grooming, que es como se denomina, ahora estará penado cuando se demuestre que un adulto ha tratado de ganar la confianza de un menor por redes sociales o juegos en línea. Nueva orden de alejamiento virtual. Pese a que ya se estaba aplicando, ahora esta nueva ley realiza las modificaciones oportunas en el Código Penal para que las clásicas órdenes de alejamiento lleguen a internet. De esta manera, un acosador no podrá contactar a través de redes sociales, foros, plataformas de comunicación o cualquier espacio virtual. Las cajas de botín solo para mayores de edad. Una nueva forma de evitar la ludopatía entre los más jóvenes que tienen la necesidad de comprar este contenido en videojuegos con recompensas aleatorias. Nuevamente aquí se tiene la gran pregunta de cómo se podrá determinar qué jugadores son menores de edad sin atentar contra su privacidad. Imágenes | Ben Wicks Alvin Mahmudov En Genbeta | Madrid toma una decisión radical y pionera en España: elimina o reduce el uso individual de dispositivos digitales en colegios - La noticia Las claves de la nueva ley de protección del menor: limitar el uso de redes sociales o castigar el grooming fue publicada originalmente en Genbeta por José Alberto Lizana

El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación de la nueva ley de protección del menor que ahora tendrá que aprobar el Congreso de los Diputados. Un texto legal que amparará a estos ciudadanos en el entorno digital donde se pueden encontrar grandes problemas.
Ciberacoso, casos de abuso de menores, fraudes, creación de deepfakes sexuales con imágenes de los adolescentes o suplantación de identidad para acosar a un menor de edad. Estos son algunos de los problemas de las redes que esta ley va a tratar de revertir al introducir nuevos delitos en el código penal y también con nuevas restricciones en el uso de las redes sociales. Aunque esto último todavía nos genera muchas dudas de cómo se aplicará.
Nuevas dudas sobre la verificación de edad
16 años como mínimo. Esta es la nueva edad mínima para poder acceder a las redes sociales, que aumenta desde los 14 años que es lo vigente en la actualidad. En concreto se modifica así la edad mínima de consentimiento para el tratamiento de datos personales recogida en la Ley de Protección de Datos.
¿Cómo se demuestra que alguien tiene 16 años? Hasta ahora, para acceder a las redes sociales solo era necesario introducir una fecha de nacimiento que fácilmente se puede alterar o pulsar una casilla donde el menor afirma que tiene más de 14 años. Dos sistemas que lógicamente no están funcionando en la actualidad para identificar a los menores.

El sistema que se debe usar para verificar la edad de los usuarios que van a acceder a las redes sociales no está claro. La ley se limita únicamente a modificar el artículo 89 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Su redacción apunta a que los prestadores de servicios de intercambios de vídeo deben usar sistemas de verificación de edad. Su contenido es el siguiente:
Sistemas de verificación de edad para los usuarios con respecto a los contenidos que puedan perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores que, en todo caso, impidan el acceso de estos a los contenidos audiovisuales más nocivos, como la violencia gratuita o la pornografía.
De esta manera, se vuelve a plantear el gran problema que existe a la hora de acceder a contenidos pornográficos que no cuentan con un sistema de verificación de edad efectivo. Tanto la AEPD como la FNMT trabajan en plataformas para poder hacer esta verificación, presentando ya importantes retrasos en su lanzamiento.
El problema en este caso es que el sistema de verificación debe contar con las garantías de privacidad suficientes. De esta manera, compartir una fotografía del DNI no es lo más recomendable por esta invasión en la privacidad. Esto hace que tengamos encima de la mesa un cambio legislativo que difícilmente se va a poder cumplir como ya hemos visto en el pasado, con el límite de edad en 14 años. Al menos hasta que la herramienta de la AEPD esté disponible para todos.
Otras medidas de la ley
Nuevos delitos. La llegada de la inteligencia artificial ha provocado que internet sea un lugar donde puede aparecer una imagen falsa pero que parezca muy real. Esto es lo que llamamos Deepfakes y que ahora tendrá un nuevo artículo en el Código Penal. En concreto, el 173 bis. Se impondrán penas de cárcel de hasta dos años para quien haga estas creaciones y las difunda o exhiba sin autorización. Algo que se aplicará a toda la sociedad.
El hacerse pasar por un adolescente cuando se tienen unos cuantos años más también va a estar penado. El grooming, que es como se denomina, ahora estará penado cuando se demuestre que un adulto ha tratado de ganar la confianza de un menor por redes sociales o juegos en línea.
Nueva orden de alejamiento virtual. Pese a que ya se estaba aplicando, ahora esta nueva ley realiza las modificaciones oportunas en el Código Penal para que las clásicas órdenes de alejamiento lleguen a internet. De esta manera, un acosador no podrá contactar a través de redes sociales, foros, plataformas de comunicación o cualquier espacio virtual.
Las cajas de botín solo para mayores de edad. Una nueva forma de evitar la ludopatía entre los más jóvenes que tienen la necesidad de comprar este contenido en videojuegos con recompensas aleatorias. Nuevamente aquí se tiene la gran pregunta de cómo se podrá determinar qué jugadores son menores de edad sin atentar contra su privacidad.
Imágenes | Ben Wicks Alvin Mahmudov
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La noticia
Las claves de la nueva ley de protección del menor: limitar el uso de redes sociales o castigar el grooming
fue publicada originalmente en
Genbeta
por
José Alberto Lizana
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