La Justicia le obliga a deshacer la reforma de su terraza tras la denuncia de sus vecinos. Da igual que hubiera casos similares
La terraza y el balcón son espacios del hogar cuyo carácter legal suele ser bastante desconocido. Y eso es precisamente lo que le ocurrió a este propietario, que tras llevar a cabo una reforma en la terraza e instalar un cerramiento, fue obligado por la justicia a devolver esta parte de la vivienda a su estado original. Aunque no es un dato muy difundido, como ya explicamos en su momento, las terrazas —al igual que el resto de la fachada— forman parte de los elementos comunes del edificio. Por tanto, para realizar cualquier modificación o reforma, es imprescindible contar con la aprobación del resto de los vecinos. Este propietario ignoró ese paso, y acabó enfrentando las consecuencias. Los antecedentes Imagen | Vladimir Kudinov Puede que en alguna ocasión hayas escuchado algo similar: “Como otros vecinos ya lo han hecho, yo también tengo derecho”. Sin embargo, esta afirmación parte de un error, al menos en este caso, y así lo ha establecido la justicia mediante la correspondiente sentencia. En este caso concreto, un propietario decidió sustituir el cerramiento original de ladrillo de la terraza de su vivienda por uno de carpintería metálica y cristal. El problema fue que no comunicó su intención a la comunidad de propietarios ni solicitó la autorización necesaria. El resto de vecinos denunció la actuación, y el propietario trató de justificar su decisión alegando que otros ya habían realizado obras parecidas. Con el fin de apaciguar los ánimos, incluso propuso modificar su coeficiente de participación en los gastos comunes, sumando los metros cuadrados obtenidos tras la reforma. Pero ni siquiera así logró el respaldo de la comunidad. Según recoge la resolución judicial dictada en febrero de 2025, la comunidad argumentaba que el cerramiento realizado implicaba una modificación de zonas comunes del edificio sin contar con la aprobación previa de la junta de propietarios, tal y como establece la Ley de Propiedad Horizontal. “Asimismo con carácter general se debe tener en cuenta que el artículo 12 LPH en relación con la regla primera del artículo 17 LPH exige la unanimidad de la Junta de propietarios para adoptar acuerdos que impliquen una modificación de los elementos comunes, por constituir una modificación del título constitutivo ( SSTS de 22 de octubre de 2008 [ RC n.º 245/2003], de 15 de diciembre de 2008 [ RC n.º 861/2004 ] y de 17 de febrero de 2010 [ RC n.º 1958/2005 )”. De hecho, una vez finalizada la obra, el demandado admitió que era imprescindible contar con la autorización de la comunidad para llevar a cabo cualquier modificación. No obstante, decidió omitir ese trámite. Las consecuencias Imagen | Scott Graham en Unsplash Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid falló a favor del vecino, al considerar que negarle la obra podría resultar discriminatorio si otros propietarios habían realizado cerramientos similares. No obstante, la comunidad de propietarios recurrió la decisión. Tras revisar el caso, y dado que el propietario llevó a cabo la reforma sin autorización previa, la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial dictó sentencia (puedes consultarla aquí en la resolución 75/2025) obligándole a desmontar el cerramiento, compuesto por una estructura de metal y vidrio que sustituyó al ladrillo original, con el objetivo de preservar la estética del edificio. En Xataka Smart Home Quiero vender o comprar un piso o inmueble. Esto es lo que dice la ley y estos todos los documentos que necesito El tribunal concluyó que la reforma suponía una alteración no autorizada de elementos comunes y subrayó que los intereses colectivos de la comunidad deben primar sobre los particulares. Además, señaló que el procedimiento correcto era solicitar la aprobación previa de la comunidad, un paso que el propietario omitió deliberadamente, actuando por la llamada “vía de hecho”. “En la vida comunitaria priman los intereses colectivos sobre los particulares, y corresponde a los órganos de gobierno de la comunidad de propietarios autorizar obras en elementos comunes, autorización que el demandado omitió solicitar utilizando la vía de hecho” Además, el propietario debía hacerse cargo de todos los costes necesarios para restaurar la terraza y la fachada a su estado original, anterior a la intervención no autorizada. Vía | EconomistJurist Imagen portada | Nicolas Vigier (Flickr) En Xataka SmartHome | He sufrido daños por la lluvia en mi terraza, patio o tejado: a quién reclamar y qué debo tener en cuenta - La noticia La Justicia le obliga a deshacer la reforma de su terraza tras la denuncia de sus vecinos. Da igual que hubiera casos similares fue publicada originalmente en Xataka Smart

La terraza y el balcón son espacios del hogar cuyo carácter legal suele ser bastante desconocido. Y eso es precisamente lo que le ocurrió a este propietario, que tras llevar a cabo una reforma en la terraza e instalar un cerramiento, fue obligado por la justicia a devolver esta parte de la vivienda a su estado original.
Aunque no es un dato muy difundido, como ya explicamos en su momento, las terrazas —al igual que el resto de la fachada— forman parte de los elementos comunes del edificio. Por tanto, para realizar cualquier modificación o reforma, es imprescindible contar con la aprobación del resto de los vecinos. Este propietario ignoró ese paso, y acabó enfrentando las consecuencias.
Los antecedentes
Puede que en alguna ocasión hayas escuchado algo similar: “Como otros vecinos ya lo han hecho, yo también tengo derecho”. Sin embargo, esta afirmación parte de un error, al menos en este caso, y así lo ha establecido la justicia mediante la correspondiente sentencia.
En este caso concreto, un propietario decidió sustituir el cerramiento original de ladrillo de la terraza de su vivienda por uno de carpintería metálica y cristal. El problema fue que no comunicó su intención a la comunidad de propietarios ni solicitó la autorización necesaria.
El resto de vecinos denunció la actuación, y el propietario trató de justificar su decisión alegando que otros ya habían realizado obras parecidas. Con el fin de apaciguar los ánimos, incluso propuso modificar su coeficiente de participación en los gastos comunes, sumando los metros cuadrados obtenidos tras la reforma. Pero ni siquiera así logró el respaldo de la comunidad.
Según recoge la resolución judicial dictada en febrero de 2025, la comunidad argumentaba que el cerramiento realizado implicaba una modificación de zonas comunes del edificio sin contar con la aprobación previa de la junta de propietarios, tal y como establece la Ley de Propiedad Horizontal.
“Asimismo con carácter general se debe tener en cuenta que el artículo 12 LPH en relación con la regla primera del artículo 17 LPH exige la unanimidad de la Junta de propietarios para adoptar acuerdos que impliquen una modificación de los elementos comunes, por constituir una modificación del título constitutivo ( SSTS de 22 de octubre de 2008 [ RC n.º 245/2003], de 15 de diciembre de 2008 [ RC n.º 861/2004 ] y de 17 de febrero de 2010 [ RC n.º 1958/2005 )”.
De hecho, una vez finalizada la obra, el demandado admitió que era imprescindible contar con la autorización de la comunidad para llevar a cabo cualquier modificación. No obstante, decidió omitir ese trámite.
Las consecuencias
Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Madrid falló a favor del vecino, al considerar que negarle la obra podría resultar discriminatorio si otros propietarios habían realizado cerramientos similares. No obstante, la comunidad de propietarios recurrió la decisión.
Tras revisar el caso, y dado que el propietario llevó a cabo la reforma sin autorización previa, la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial dictó sentencia (puedes consultarla aquí en la resolución 75/2025) obligándole a desmontar el cerramiento, compuesto por una estructura de metal y vidrio que sustituyó al ladrillo original, con el objetivo de preservar la estética del edificio.
El tribunal concluyó que la reforma suponía una alteración no autorizada de elementos comunes y subrayó que los intereses colectivos de la comunidad deben primar sobre los particulares. Además, señaló que el procedimiento correcto era solicitar la aprobación previa de la comunidad, un paso que el propietario omitió deliberadamente, actuando por la llamada “vía de hecho”.
“En la vida comunitaria priman los intereses colectivos sobre los particulares, y corresponde a los órganos de gobierno de la comunidad de propietarios autorizar obras en elementos comunes, autorización que el demandado omitió solicitar utilizando la vía de hecho”
Además, el propietario debía hacerse cargo de todos los costes necesarios para restaurar la terraza y la fachada a su estado original, anterior a la intervención no autorizada.
Vía | EconomistJurist
Imagen portada | Nicolas Vigier (Flickr)
En Xataka SmartHome | He sufrido daños por la lluvia en mi terraza, patio o tejado: a quién reclamar y qué debo tener en cuenta
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La noticia
La Justicia le obliga a deshacer la reforma de su terraza tras la denuncia de sus vecinos. Da igual que hubiera casos similares
fue publicada originalmente en
Xataka Smart Home
por
Jose Antonio Carmona
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